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¿Cuántos baños tiene que tener un local comercial?

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En algunas ocasiones los clientes preguntan a nuestros ingenieros en Tenerife cuantos baños ha de tener su local.

Nota: La información contendida en este post puede quedar desactualizada con la aprobación del Decreto 41/2019, de 1 de abril, que modifica el Decreto 90/2010, de 22 de julio, por el que se regula la actividad turística de restauración y los establecimientos donde se desarrolla y el Reglamento por el que se establece el régimen jurídico para el desarrollo de las actividades de turismo activo, aprobado por Decreto 226/2017, de 13 de noviembre. La modificación más importante es que ya no es obligatorio contar con un aseo para el personal en los restaurantes.

A excepción de los restaurantes, bares y cafeterías, que cuentan con una normativa propia como ya tratamos en este artículo, nuestros ingenieros trataran de explicar a continuación cuáles son los criterios en los que nos basamos a la hora de determinar el número de aseos y servicios para cualquier actividad.

En primer lugar, lo que hacemos es mirar el Plan General de Ordenación del municipio donde se desarrolla la actividad para verificar si dice algo al respecto, en algunos casos lo encontraremos especificado, pero en otros, en especial en los municipios donde los planes generales son más antiguos no lo encontraremos. ¿Qué hacemos entonces?

Nuestros ingenieros siguen el siguiente criterio: en los locales en los que no hay estancia de público de manera continua como pequeños establecimientos comerciales, tiendas de ropa, farmacias, perfumerías, etcétera, podremos disponer de un único baño o aseo.

En locales en los que se produce estancia continuada de público, como academias de enseñanza, gimnasios, etcétera, tendremos que tener aseos diferenciados por sexo. ¿Pero cuantos? Aquí el criterio que utilizamos es el de un aseo masculino y uno femenino con lavabo e inodoro diferenciados por cada 50 personas o fracción, si bien hay que analizar las necesidades de la actividad puesto que puede haber horarios con aglomeraciones de público y sea necesario aumentar la dotación.

Cada proyecto es diferente, y aunque aquí nos hemos referido a que hay locales en los que se puede tener un único aseo, no es lo mismo una tienda de barrio que un centro comercial, así que la superficie de los locales también será considerada en este tipo de actividades, teniendo especial consideración en que si el establecimiento tiene más de 100m2 de superficie de atención al público, aunque no se produzca estancia continuada de este en el interior, podremos tener que colocar aseos diferenciados por sexos.

¿Te ha quedado alguna duda o quieres saber cuantos baños tiene que tener tu local para desarrollar la actividad? ¡Contacta con nosotros! Nuestros ingenieros en Tenerife te asesorarán de manera gratuita y sin compromiso.

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